El Supremo reconoce la prestación a una azafata por riesgo en la lactancia

Cada vez son más las sentencias que reconocen la baja laboral por riesgo en la lactancia, aunque queda mucho tiempo para que la situación se normalice y no haya que recurrir a las leyes para defender que la alimentación del bebé es más importante que los intereses de una empresa.

En este caso el Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una tripulante de cabina a cobrar la prestación económica que contempla la ley por riesgo durante la lactancia natural al estimar que las condiciones de intimidad e higiene de su puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud del lactante.

Se trata de una azafata de Easyjet, quien ha conseguido esta sentencia positiva tras habérsela negado un juzgado de lo social.

El Supremo recuerda que la legislación sobre riesgos laborales y de la Seguridad Social establecen que, cuando el puesto de trabajo suponga un riesgo para la lactancia natural, las trabajadoras podrán ser declaradas en situación de suspensión del contrato y cobrar una prestación económica hasta que el menor cumpla nueve meses, que trata de cubrir la pérdida de ingresos que se produce.

Es lógico que el ritmo y las condiciones de trabajo de una azafata no favorezcan la lactancia, pues el régimen de turnos y las condiciones a bordo de las aeronaves impiden mantenerla.

Además, el único lugar de privacidad en una aeronave para la extracción de leche es el baño, que sólo se limpia por la noche, no teniendo las condiciones de higiene más adecuadas, y el único sistema de refrigeración para conservar la leche es el cajón del hielo destinado a las bebidas de los pasajeros.

Como la empresa no realizó ningún ofrecimiento alternativo a la azafata, procede la suspensión del contrato como medida última de salvaguarda de la salud propia del lactante.

No se trata del primer caso de una azafata que logra este reconocimiento, por lo que tal vez ya va siendo hora de que los responsables de las aerolíneas sean conscientes de que no pueden poner impedimentos a las mujeres cuya lactancia esté en peligro. Dicho riesgo durante el periodo de lactancia es prolongable hasta que el bebé tenga nueve meses.

En definitiva, en esta nueva sentencia que reconoce el riesgo en la lactancia a una azafata, el Tribunal Supremo destaca la imposibilidad material de efectuar la extracción y conservación de la leche en los aviones unido a los horarios incompatibles con los periodos regulares de alimentación del lactante.

Vía | Abc En Bebés y más | Sentencia que reconoce la baja laboral por riesgo en la lactancia, Una azafata gana un juicio para defender su lactancia, Una nueva sentencia a favor del derecho a la lactancia, Guía de riesgos laborales durante el embarazo y la lactancia

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