La justicia autoriza a una madre a vacunar a sus hijos frente a la COVID pese a la oposición de su ex-pareja y padre de los menores

La vacunación frente a la COVID en España avanza a buen ritmo, y hace un mes se empezó también a administrar la vacuna en los niños mayores de 12 años. El objetivo era conseguir la mayor tasa de vacunación posible para una vuelta a las aulas más segura.

Pero con las clases recién comenzadas han surgido también los primeros problemas entre los padres y madres divorciados con intereses opuestos respecto a la vacuna de sus hijos.

Así, recientemente hemos sabido que una jueza de Barcelona ha dictado sentencia a favor de una madre partidaria de inmunizar a sus hijos de 15 y 16 años, pese a que su ex-pareja y padre de los menores se negaba a que estos recibieran la vacuna.

Lo más "beneficioso" para los hijos

No es la primera vez que sucede algo así y la justicia se pronuncia a favor de del progenitor que quiere vacunar a sus hijos en contra de la oposición del otro.

Pero con el inicio de la vacunación frente a la COVID entre adolescentes estamos empezando a conocer las primeras sentencias judiciales respecto a esta vacuna.

Según podemos leer en el diario ABC, a finales del mes de agosto un juzgado de Pontevedra fallaba a favor de un padre divorciado que quería vacunar a sus hijos pese a la oposición de la madre. Ahora ha ocurrido lo mismo en un juzgado de familia de Barcelona, en donde una jueza no solo se ha pronunciado ante la discrepancia de unos padres separados sobre la administración de la vacuna a sus dos hijos adolescentes de 15 y 16 años, sino también sobre la realización de pruebas PCR.

Al parecer,  el padre de los chicos no era partidario de inmunizarlos ni de que los hicieran pruebas PCR, mientras que la madre sí. Según informa ABC, el progenitor alegaba "incertidumbre" ante la eficacia de la vacuna y de sus posibles efectos adversos.

Tras escuchar los argumentos de ambas partes, la jueza ha considerado que lo más "beneficioso" para los intereses de los menores es que la madre sea quien tome la decisión; es decir, la sentencia no obliga explícitamente a vacunar a los menores, pero sí otorga el poder a la madre -a favor de la vacunación- de hacer lo que mejor considere para sus hijos.

En el caso del hijo mayor será él mismo quien decida lo que hacer, pues la Ley le otorga la facultad de decidir por sí solo sobre este tema.

Padres separados con opiniones contrarias a vacunar a sus hijos frente a la COVID: ¿cómo se procede?

En España -al igual que en otros países de nuestro entorno- los adolescentes con 16 años o más tienen capacidad legal para aceptar o rechazar la vacunación por sí mismos, sin que sus padres decidan por ellos, algo que también aplica en el caso de la vacuna contra la COVID, como acabamos de ver en esta sentencia de Barcelona.

Por tanto, el problema legal actualmente radica en aquellos niños de entre 12 y 15 años cuyos padres tienen opiniones contrarias respecto a su inmunización frente a la COVID.

En estos casos: ¿se necesita la autorización de ambos progenitores para vacunar al niño? En caso de padres separados con opiniones contrarias, ¿cómo se procede?

Para aclarar las dudas hemos consultado el Manual de Vacunas en Línea de la Asociación Española de Pediatría.

Así, podemos leer que los niños de entre 12 y 15 años necesitan el acompañamiento y consentimiento de los padres o tutores legales para vacunarse, pero si ambos padres conservan la patria potestad sobre el menor y discrepan sobre la vacunación contra la COVID, habría que tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  • En primer lugar, que la vacuna contra la COVID debe ser considerada como una "vacuna de calendario oficial", pues su indicación ha sido establecida por las autoridades sanitarias.

En este sentido, para vacunar al niño bastaría con el consentimiento de uno solo de los progenitores (normalmente, el progenitor custodio), oído el propio adolescente, siempre que no conste fehacientemente la oposición del otro progenitor.

  • Sin embargo, si uno de los dos progenitores quiere vacunar pero el otro ha expresado su oposición de forma explícita a los servicios sanitarios, deberá ser la autoridad judicial quien decida finalmente acerca de la vacunación del menor, a instancias de la parte favorable a la vacunación.

¿Y si ambos padres se niegan a la vacunación?

También podría darse el supuesto de que ambos padres rechacen la vacunación de sus hijos. En este caso, si los servicios sanitarios establecen que esta decisión comporta riesgos extraordinarios para el adolescente  por sus circunstancias clínicas individuales y la situación de riesgo de exposición al virus, pueden solicitar una decisión judicial.

Con la vuelta al cole crecen los conflictos sobre la vacunación entre los padres

Según informaba hace unos días la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) la vuelta al colegio de los niños españoles está provocando conflictos entre los progenitores con opiniones contrarias a la vacunación de sus hijos frente a la COVID, tanto en el caso de padres separados como convivientes.

En estos casos, AEAFA aconseja que los padres traten de negociar lo que mejor le conviene al menor, teniendo también en cuenta la opinión del adolescente. Pero si no hay acuerdo será necesario recurrir a los juzgados, un proceso que podría alargarse varios meses y que presumiblemente acabará dando la razón al progenitor a favor de vacunar, salvo que exista contraindicación médica que justifique la no vacunación.

Fotos | iStock

Vía | Antena 3 Noticias

Vacunación obligatoria en México: Senado aprueba dictamen de ley que obliga a los padres a vacunar a sus hijos, La justicia de Barcelona apoya la decisión de una guardería, que negó la matrícula a un niño que no estaba vacunado, Multar hasta con 2.500 euros a quienes no vacunen a sus hijos, la propuesta de Alemania contra los antivacunas

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