Tras su tramitación en el Senado, hoy se aprueba definitivamente en el Congreso de los Diputados la reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo impulsada por el MInisterio de Igualdad que devolverá a las menores de 16 y 17 años el derecho a abortar sin consentimiento paterno.
Se trata de una reforma de la ley del aborto aprobada en 2010, que regula el acceso libre a la interrupción voluntaria del embarazo en las primeras 14 semanas, exigiendo que la mujer haya sido informada "sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad" y que haya transcurrido un plazo de tres días de reflexión. Esta es una de las principales reformas.
También regula el aborto hasta la semana 22 cuando "que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada" o "exista riesgo de graves anomalías en el feto" y a partir de la semana 22 dos supuestos excepcionales: "cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida" o "una enfermedad extremadamente grave e incurable y así lo confirme un comité ético". Todos los plazos se mantienen.
Principales claves de la reforma de la Ley del Aborto de 2023
Tras la reforma, estas son las principales claves que se incluye en la nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente el embarazo a partir de los 16 años. Se elimina el requisito que obligaba a las menores de 16 y 17 años contar con el consentimiento de los padres, tutores o representantes legales, introducida en 2015 por el PP.
En centros sanitarios públicos. Los centros públicos deberán organizar sus servicios para garantizar la prestación del aborto en todas las provincias. Las mujeres que decidan interrumpir su embarazo podrán hacerlo en el centro público hospitalario más cercano a su domicilio "para que no tengan que desplazarse, a veces cientos de kilómetros, como ahora ocurre en muchas comunidades autónomas", ha dicho la ministra de igualdad Irene Montero.
Se elimina el periodo de reflexión de tres días y la entrega obligatoria de información sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad no será obligatoria. Se hará únicamente si ellas lo solicitan.
Se creará un registro de objetores de conciencia en cada Comunidad Autónoma. Los médicos que se declaren objetores no podrán practicar abortos tampoco en la sanidad privada. Para evitar que las mujeres sean derivadas a clínicas privadas.
Evita prácticas que pretendan condicionar la decisión de la mujer. Esta ha sido la última modificación introducida en el Senado. Se quiere "garantizar el libre ejercicio del derecho a la interrupción del embarazo en los términos de esta ley y, especialmente, velarán por evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo" con "la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente".
Derechos reproductivos de las personas trans. La ley amplía los derechos reproductivos a todas las "personas trans con capacidad de gestar", es decir a quienes hayan cambiado su sexo pero hayan mantenido su aparato reproductor femenino.
Baja por reglas dolorosas. La reforma de la ley establece el derecho a la baja de tres días bajo supervisión médica, con capacidad de ampliarla a cinco días por reglas dolorosas incapacitantes (dolores intensos, calambres, cólicos, náuseas, mareos y vómitos).
Permiso tras un aborto (espontáneo o no). La reforma de la ley recoge también el derecho a la incapacidad temporal tras un aborto, ya sea natural (o espontáneo) o voluntario, hasta su recuperación.
Permiso preparto retribuido a partir de la semana 39. Es un derecho a la incapacidad temporal desde el primer día de la semana 39 de embarazo, independiente a la baja por maternidad de 16 semanas, a la que las madres pueden acogerse tras dar a luz.
La píldora del día después será de acceso gratuito en los centros de salud y en los futuros centros públicos de atención especializada en derechos sexuales y reproductivos, y tendrá que estar disponible en todas las farmacias.
Anticonceptivos gratuitos en centros educativos y penitenciarios. Se repartirán métodos anticonceptivos en institutos en el marco de campañas de educación sexual, centros que ofrecen servicios sociales así como en centros penitenciarios. La Seguridad Social financiará el coste de las píldoras anticonceptivas de última generación.
Entrega gratuita de productos de higiene femenina. Los centros educativos, centros de la mujer, centros cívicos, centros sociales y las prisiones deberán ofrecer de forma gratuita los productos de higiene necesarios para la menstruación (tampones, compresas, copas menstruales). Todas las dependencias de los organismos públicos irán incorporando progresivamente esta medida.
Vientres de alquiler. La nueva norma prohíbe la publicidad de las agencias que ofrecen este tipo de servicios, con sanciones para los medios de comunicación que incluyan sus anuncios.