El permiso de lactancia es un derecho que tiene tanto la madre como el padre ya sea en casos de nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo, hasta que el bebé cumpla nueves meses. Período discutible si se quiere extender la lactancia por más tiempo.
El derecho al permiso de lactancia sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores sólo en caso de que ambos trabajen. Hablaremos entonces de cómo puedes disfrutar del permiso de lactancia y de todas las claves legales que debes conocer.
Como se refleja en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores redactado nuevamente tras la entrada en vigor de la Reforma Laboral del 6 de Julio de 2012 hay tres formas de disfrutar del permiso de lactancia:
Ausentándose durante una hora del puesto laboral, en dos fracciones de media hora, o en cualquier otra combinación hasta llegar al máximo de una hora.
Reducción de la jornada laboral en media hora en la entrada o en la salida. Es decir, si tu horario comienza a las 9 y termina a las 18 hs, podrás entrar a las 9,30 o salir a las 17,30.
Acumulando el permiso en días completos, enlazándolo a la baja por maternidad. Se puede cambiar el permiso de lactancia por 15 días que se suman a la baja maternal.El único caso en el que no se puede elegir esta opción es si la acumulación del permiso no está contemplada en el convenio de la empresa. En ese caso, habrá que llegar a un acuerdo para poder disfrutarlo. Si no es así, se deberá elegir entre alguna de las dos anteriores.
Recordamos que es un derecho del que puede disfrutar tanto la madre como el padre, independientemente de si el bebé se alimenta con lactancia materna o no, siempre que ambos trabajen.
Sin embargo, hay quienes piensan que es discriminatorio porque favorece claramente a la mujer, pero protege la necesidad del bebé de estar más tiempo con su madre, aunque ese tiempo sea insuficiente. Lo suyo sería extender la baja maternal como mínimo hasta los nueve meses y poder gozar hasta los dos años, como establece la OMS, del permiso de lactancia.
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