El Tribunal Constitucional de Portugal ha anulado varios puntos de la ley que regula el acceso a la maternidad subrogada, conocida popularmente como vientre de alquiler, que regía en este país desde agosto de 2017.
Se considera que se vulneran derechos constitucionales tanto de la madre gestante como del bebé. Este cambio no afectará a los procesos de gestación subrogada que ya están en marcha.
¿En qué consistía la ley?
Se trataba de una regulación bastante restrictiva. La gestación subrogada solo estaba permitida a mujeres sin útero o que tuvieran alguna dolencia que les impidiera quedarse embarazadas.
Además, este recurso estaba solo reservado a parejas heterosexuales. Quedaban fuera los hombres, las parejas de mujeres y las mujeres solas. El texto aprobado prohíbía la compensación económica por los nueve meses de embarazo. Solo se permitía el pago de los gastos médicos por parte de la familia beneficiaria.
¿Qué es lo que ha cambiado?
El Tribunal Constitucional luso ha "tumbado" la norma basándose en que vulnera derechos constitucionales tanto del vientre de alquiler como del bebé. Entre los puntos censurados se encuentran:
- Que no existe la posibilidad de que la gestante se arrepienta, lo que impide "el ejercicio pleno de su derecho fundamental al desarrollo de la personalidad".
- "Indeterminación excesiva" de la ley en los límites que se imponen a las partes del contrato, lo que en la práctica supone que se pueden realizar negociaciones sobre las condiciones del embarazo que podrían ser excesivas.
- El anonimato de los donantes de óvulos o espermatozoides y de la gestante para el futuro bebé, porque impone "una restricción innecesaria a los derechos de identidad personal y al desarrollo de la personalidad" de las personas nacidas por gestación subrogada.
La decisión no afecta a las gestaciones aprobadas por el Consejo Nacional de Fecundación Asistida (CNPMA), el organismo que hasta ahora se encargaba de valorar si se cumplían todos los requisitos.
Problemas éticos
Lo que ha ocurrido en el país vecino no es más que la plasmación en los tribunales del dilema ético que supone el uso de vientres de alquiler para personas que no pueden o no quieren concebir un hijo biológico, sobre todo cuando hay dinero de por medio.
Un debate que también está presente en España donde, de momento, la gestación subrogada es ilegal y las parejas que quieran ejercerla deben acudir a madres de alquiler en el extranjero.
Precisamente este mes, en unas jornadas sobre bioética realizadas en Madrid se plantearon cuestiones como las consecuencias que puede tener para el recién nacido la separación temprana de su madre biológica, la "cosificación" de la mujer y del niño, el carácter lucrativo de esta práctica o la existencia misma del derecho a tener hijos.
En este sentido, Mariano Casado, profesor de Medicina Legal de la Universidad de Extremadura y vocal de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial (OMC), planteó que debería llamarse gestación por sustitución y recordó que la postura de la OMC hacia la maternidad subrogada es que "solo sería acorde a la deontología médica si tiene un carácter altruista”.
En esta línea va la única propuesta de regulación que hay sobre la mesa en nuestro país, presentada por parte de Ciudadanos el año pasado: gestación subrogada, sí, pero regulada y sin beneficio económico para la gestante.
Vía El plural
En Bebés y más El Comité de Bioética de España pide que se prohíban los vientres de alquiler en todo el mundo, ¿Qué opinas sobre el vientre de alquiler? Casi un 80 por ciento de los españoles está a favor