En un país sensibilizado con la violencia de género, el de Juana Rivas se ha convertido en uno de los casos más comentados de los últimos tiempos. Tras haber estado desaparecida con sus hijos durante un mes, finalmente ayer la madre de los dos niños, de 11 y 3 años, se puso a disposición de la Justicia y a pesar de la petición de prisión de la Fiscalía, se dictaminó su libertad provisional, aunque todavía sigue vigente la orden de entregar a sus hijos al padre condenado por maltrato.
Bebés y más se ha puesto en contacto con Patricia Orejudo, abogada de Women’s Link Worldwide, organización sin fines de lucro que utiliza el poder de la ley para promover y defender los derechos de las mujeres y las niñas. Ella nos ha dado el punto de vista de la asociación sobre el caso Juana Rivas.
¿Puede considerarse secuestro que Juana Rivas se niegue a entregar a sus hijos al padre condenado por maltrato?
Desde Women's Link Worldwide creemos que no se debe centrar el debate en cuestionar las decisiones que ha tomado porque corremos el riesgo de olvidarnos de lo realmente importante: lo que le ha llevado a esta difícil situación. Sin duda, algo está fallando en el sistema judicial para que haya tenido que tomar esta difícil decisión.
Los instrumentos que regulan situaciones como la de Juana, contemplan que no es obligado ordenar el retorno de los menores si se demuestra que éstos pueden sufrir un daño físico o psíquico. En el caso de Juana no se ha tenido en cuenta que al maltratar a su pareja el padre también maltrata a sus hijos, y que en muchas ocasiones los hombres maltratadores ejercen violencia contra sus hijos como forma de violencia sobre las madres. No se ha tenido en cuenta que los menores también se encuentran en peligro.
¿Se le debería dar una segunda oportunidad a un padre que ha sido condenado por maltrato?
Un maltrador no es un buen padre. Esta es una premisa de la que debería partir siempre la justicia. Los niños y niñas son víctimas directas de la violencia de género aunque no sufran agresiones físicas, porque son testigos de esa violencia y porque las relaciones violentas y el abuso de poder se convierten en la realidad en la que se desarrollan. Además, pueden convertirse en un instrumento que el padre usa para perpetuar y mantener la violencia sobre la mujer. En el caso de Juana, en concreto, se dio esa segunda oportunidad, y fue la persistencia del maltrato lo que obligó a esta mujer a huir con sus hijos.
Lo que se debe hacer es analizar el caso concreto y tener en cuenta siempre el interés superior del menor por encima de los supuestos derechos del maltratador. Si hay antecedentes de violencia de género se deberían tener en cuenta a la hora de establecer el régimen de visitas o la custodia, tal y como pidió la ONU cuando condenó a España por el caso de Ángela Carreño. Sin embargo, en la práctica esto no se está cumpliendo.
Sigue habiendo muchos estereotipos contra las mujeres, como que “lo único que quieren es hacer daño a los hombres”. Lamentablemente, todos estos prejuicios que impiden que las mujeres y sus hijos accedan a la justicia tienen como consecuencia que el número de niños asesinados por los maltratadores siga siendo altísimo.
¿Qué opináis sobre la decisión de Juana Rivas de huir con sus hijos?
Desde Women's Link Worldwide creemos que no se debe centrar el debate en si Juana Rivas tomó o no una buena decisión, sino en qué circunstancias la llevaron a tomarla.
Las mujeres se siguen enfrentando día a día a una justicia que las prejuzga y discrimina por el hecho de ser mujeres, basándose en estereotipos sobre lo que debe ser una ‘buena madre’, sobre cómo debe comportarse una víctima de violencia de género, etc.
En cualquier caso, lo que la justicia no puede olvidar es que para decidir sobre el régimen de visitas o la custodia de los niños, es esencial valorar el interés superior de los menores, tal y como establece Convención de los Derechos del Niño y la Niña. Y este interés debe prevalecer sobre los supuestos derechos de visita de los padres maltratadores.
¿Están a salvo los hijos de mujeres maltratadas cuando éstas se separan de sus padres? ¿Cómo es la ley en estos casos?
Sólo en lo que va de año han sido asesinados 6 niños y niñas a manos de maltratadores, según datos oficiales del Ministerio de Igualdad. Los hijos e hijas de las víctimas de violencia de género pueden convertirse en una forma de seguir haciendo daño a las mujeres, de perpetuar la violencia hacia ellas y, en muchos casos, finalmente ser asesinados.
La Ley establece en la actualidad que hay que valorar el interés superior del menor a la hora de determinar los derechos de custodia y las visitas. Y en esta valoración, tal y como recomendó el Comité CEDAW cuando condenó a España por el caso de Ángela Carreño, deberían tenerse en cuenta los antecedentes de violencia de género. Con la ley actual esto sería posible (de hecho, el Convenio de Estambul ya precisa que los hijos e hijas son víctimas de la violencia que se ejerce por los padres contra sus madres), pero en la práctica no ocurre, por cómo se interpreta el interés de los menores.
En la aplicación de las normas se emplean estereotipos que vulneran los derechos de las mujeres y sus hijos. Estereotipos, por ejemplo, como que lo positivo para ellos es que se relacionen con los dos progenitores, sean éstos como sean.
Por ejemplo, en el caso de Juana el hijo ha declarado que su padre encerraba a su madre y que le quitaba las llaves del coche, por lo que la dejaba aislada (en una casa rural apartada de la civilización, en una pequeña isla). Sin embargo, este hecho, indudablemente violento para el niño, no se ha considerado de suficiente entidad. En lugar de proteger al niño y a su hermano de esa violencia que el padre genera, se minimiza su importancia (“son peleas de pareja”), o, quizás, incluso se piensa que el niño miente porque la madre manipula. Y es que también funcionan estereotipos contra las mujeres, tal como que son exageradas, mentirosas o manipuladoras. La defensa del padre, de hecho también se asienta en ese otro estereotipo: que las mujeres son caprichosas. Y funcionan.
Y lo más grave es que los tribunales ni siquiera son conscientes de que estos estereotipos funcionan, dejando indefensas a las víctimas de violencia. A este respecto, el Estado español tampoco ha atendido a la recomendación de la CEDAW de establecer formación obligatoria sobre violencia machista y estereotipos de género a todos los operadores que participen en decisiones en situaciones de violencia (órganos judiciales, funcionarias/os…).