Consumo prohibirá la publicidad dirigida a menores de alimentos no saludables como chocolates, pasteles, zumos y helados

El Ministro de Consumo, Alberto Garzón, acaba de anunciar en rueda de prensa que prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas no sanas, como chocolates, dulces, galletas, zumos o helados, dirigida a niños y adolescentes menores de 16 años.

Según el real decreto, que prevén que se apruebe y se ponga en marcha el próximo año, las marcas de productos de confitería de chocolate, chocolatinas, barritas energéticas, pasteles, productos de pastelería, zumos y bebidas energéticas y helados no podrán publicitarse en televisión en horario infantil ni en medios impresos y redes sociales.

En la actualidad, hay vigente un código de autorregulación (Código Paos) para la publicidad dirigida al público infantil, pero según Garzón, "no funciona de manera eficaz".

Por lo tanto, propone sustituirlo con una regulación directa que prohíba la publicidad de determinados alimentos considerados no saludables que están dirigidos al público infantil o consumidos mayoritariamente por ellos, siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Cinco categorías de alimentos

Según explicó el ministro, la prohibición de publicidad afectará a cinco categorías de alimentos considerados no saludables para los más pequeños que no podrán anunciarse:

1) La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.

2) Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería.

3) Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.

4) Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.

Horario de protección al menor en todos los medios

En televisión habrá un horario de protección reforzada, que regulará en qué momento no se podrá emitir este tipo de anuncios. No se podrá ni antes ni durante ni después de programas dirigidos a público infantil, ni en canales dirigidos específicamente a ellos.

El ministro ha mencionado la influencia de las redes sociales, porque los niños "reciben una gran cantidad de publicidad que estimula un consumo no saludable que es perjudicial para la salud".

Por eso, las aplicaciones móviles dirigidas al público infantil tampoco podrán mostrar estos anuncios, ni tampoco los cines donde se proyecten películas infantiles. También se prohibirá en los medios impresos dirigidos a menores de 16 años.

¿Es prohibir la solución?

Teniendo en cuenta la preocupante tasa de obesidad infantil en nuestro nuestro país es un paso necesario que contribuye a una alimentación saludable.

Pero desde mi punto de vista es insuficiente si queremos atajar realmente el problema de raíz.

La educación nutricional va más allá de la prohibición de la publicidad de ciertos. Es una cuestión más profunda que requiere el compromiso de todos, educando a nuestros hijos en unos hábitos de vida saludables, en la alimentación sana y en la práctica de ejercicio físico.

En Bebés y más |Qué alimentos elegir y cuáles evitar para prevenir la obesidad infantil

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