¿Cómo afecta la Ley de autonomía del paciente a los niños?

¿Tiene un niño hospitalizado derecho a la información? ¿A partir de qué edad? ¿Cuándo puede un paciente decidir por sí mismo en un hospital acerca de su salud? Muchas de estas cuestiones se responden en la ley de autonomía del paciente, que define los derechos sanitarios de los niños (y de todas las personas) en este sentido.

El nombre completo de estas normas es Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Es una ley muy importante para los pacientes y el personal sanitario. La ley pretende definir los derechos de los pacientes y favorecer el derecho a decidir en cuestiones de salud (autonomía del paciente).

Los apartados principales que se trata en esta ley que fomenta la autonomía de los menores en cuestiones de salud, y que por tanto deberían ser conocidos en Pediatría y por los padres, son:

  • El derecho a la información de todos los aspectos clínicos. La información debe ser comprensible y adecuada a las necesidades de cada paciente y situación. La debe dar el médico responsable. El titular del derecho a la información es el paciente mayor de 16 años. En el caso de los niños menores de 12 años, se informa a los padres. Pero hay que informar también al niño e intentar buscar su asentimiento (que estén de acuerdo), aunque no tengan capacidad de decidir. Entre los 12 y 16 años es un deber del médico informar también al adolescente pues, en caso de que tenga madurez suficiente, éste puede decidir.

  • El derecho a la autonomía del paciente, que se expresa con el consentimiento informado. Es dar la conformidad libre, voluntaria y consciente, después de recibir la información adecuada, para tomar decisiones de salud. El consentimiento informado es un proceso que se establece entre el médico y el paciente, para que éste entienda todas las cuestiones relativas al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de la enfermedad. De manera habitual se hace de palabra, pero hay situaciones en las que tiene que prestarse por escrito: intervenciones quirúrgicas o procedimientos que supongan riesgos importantes para el paciente.

  • El consentimiento por representación. Es el consentimiento que se presta sustituyendo al paciente, teniendo en cuenta que siempre debe ser a favor de éste y haciéndole participar en la medida de lo posible. Se hace cuando: el paciente no es capaz de tomar decisiones, a criterio del médico responsable, o su estado físico o psíquico no le permiten hacerse cargo de su situación; cuando el paciente está incapacitado legalmente; el paciente menor de edad que no es capaz, intelectual ni emocionalmente, de comprender la situación.

  • El derecho a la intimidad de la información relativa a la salud de las personas. Es el derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos de salud (especialmente protegidos) y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización. El acceso a estos datos del menor de edad sigue los mismos criterios comentados para la información y el consentimiento informado.

Cómo actuar ante un menor de edad hospitalizado

El niño adquiere su autonomía en la medida que se la otorgan sus padres y es un deber de éstos ayudar a los niños a tomar sus propias decisiones y adquirir su independencia personal. El comportamiento ante un menor de edad debería ser el siguiente, como norma general:

  • Oír: Desde que tiene uso de razón. Es decir, escuchar lo que el niño dice.
  • Dejar constancia de que se ha oído. Desde los 12 años. Es decir, se debe registrar en la historia clínica.
  • En menores de 12 años: el consentimiento lo dará el representante legal (generalmente los padres), después de haber escuchado su opinión.
  • Entre los 12 y 16 años: cuando el médico responsable considera que el menor es capaz de tomar una decisión (tiene madurez suficiente) o el menor está emancipado, la voluntad del menor prevalece. Hay una excepción: en casos de grave riesgo, según el criterio del médico, los padres pueden ser informados y ser tenida en cuenta su opinión para tomar la decisión, sin que esto suponga sustituir la decisión del menor.
  • A partir de los 16 años: el menor es autónomo para decidir. Es lo que se conoce como mayoría de edad sanitaria. La práctica de ensayos clínicos de investigación y las técnicas de reproducción asistida requieren otro tratamiento diferente.

Como vemos, la Ley de autonomía del paciente también afecta a los niños y, aunque no nos quisiéramos ver en una situación de hospitalización, conviene saber cuáles son sus derechos, nuestros derechos y las obligaciones del personal sanitario en este sentido.

Vía | AEPed Más información | BOE Foto | Stevendepolo en Flickr En Bebés y más | ¿Deberían estar los padres presentes cuando hacen pruebas a sus hijos?‏, Derechos del niño hospitalizado (y de sus padres), Los derechos del niño hospitalizado, El derecho de los bebés prematuros a ser acompañados por sus familias, Defendiendo los derechos de los niños en un centro sanitario‏

También te puede gustar

Portada de Bebés y más

Ver todos los comentarios en https://www.bebesymas.com

VER 0 Comentario