Las familias numerosas dejarán de llamarse así después de 80 años. Y algunas no están nada contentas

Las familias numerosas dejarán de llamarse así después de 80 años. Y algunas no están nada contentas
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La nueva Ley de Familias de Ione Belarra, cuyo anteproyecto se ha aprobado en primera vuelta en Consejo de Ministros, trae varios cambios en materia de conciliación, ayudas y tipos de familia. Y una de las más polémicas es el cambio de denominación de las familias numerosas, que dejarán de llamarse así después de más de 80 años.

En España, el término 'familia numerosa' se introdujo en la Ley del 1 de agosto de 1941 para las familias compuestas por cinco o más hijos. Luego hubo reformas posteriores en 1943, donde se especificó que serían aquellas con cuatro o más hijos, en 1971 y en 2003 que es la que está en vigor actualmente, y considera así a las familias con tres o más hijos y otras familias con consideraciones especiales que se equiparan a familia numerosa.

Nuevas "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza"

La nueva Ley de Familias modifica el título de la Ley de Protección a las Familias Numerosas de 2003, que a partir de 2023 pasará a denominarse 'Ley de Protección a las Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza'.

Modifica también los artículos primero y segundo de la norma, que hasta ahora se referían a las familias con tres o más hijos para englobar también otras familias con diferentes situaciones como por ejemplo: las familias monoparentales con dos hijos o más; las compuestas por dos hijos cuando al menos un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; o las compuestas por dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género.

Familias de categoría 'general' y 'especial'. Dentro de las familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza, se mantendrán las categorías 'general' y 'especial' que ya se establecían para las familias numerosas.

Así, las de categoría 'especial' serán las de:

  • Cuatro o más hijos, en vez de cinco, como hasta ahora.
  • Tres hijos, de los cuales al menos dos procedan de partos, adopciones o acogimientos múltiples.
  • Tres hijos cuando los ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 150% del IPREM vigente, incluidas las pagas extraordinarias.

El Título de Familia Numerosa también dejará de llamarse así. Pasará a llamarse "Título de Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza", que englobará también otras familias.

Un cambio "absurdo e innecesario"

La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) no está de acuerdo para nada con la modificación y ha puesto en marcha una campaña de recogida de firmas para impedir la desaparición del nombre y el concepto de familia numerosa que plantea la nueva Ley de Familias.

Considera este cambio "tan absurdo como innecesario, y pide que no se lleve a cabo, que se conserve la actual denominación de las familias numerosas, regulada por ley desde hace décadas para reconocer a las familias con más hijos".

Lo cierto es que las familias numerosas llevan 80 años llamándose así, y sin perjuicio de que algunos de los cambios que contempla la nueva ley sean positivos para las familias, no se ve la necesidad de cargarse una denominación en lugar de crear otra que abarque las nuevas circunstancias.

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