Las cuotas de los colegios concertados no son deducibles y las familias podrían tener que devolver el IRPF desgravado

La Administración Tributaria (AEAT) está interpretando que los pagos que las familias hacen en las escuelas concertadas no se pueden considerar donativos y por tanto no son deducibles en la declaración de la renta.

Así lo ha explicado Rubén Gimeno, director del Servicio de Estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) en la rueda de prensa celebrada esta mañana para presentar sus recomendaciones para la Renta 2018.

Además, ha señalado que la AEAT está revisando las declaraciones de los últimos cuatro ejercicios (que aún no han prescrito) y elaborando nuevas liquidaciones en las que se suprimen estas deduciones.

La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, permite deducirse el 75 % de los primeros 150 euros donados a entidades sin ánimo de lucro y el 30 % a partir de esa cantidad.

Teniendo en cuenta esta dedución, los padres con hijos en colegios concertados incluyen las llamadas 'donaciones' por los centros, en sus declaraciones de la Renta, pero Hacienda señala que no lo son.

Razones de la Agencia Tributaria

La AEAT ya ha comenzado a solicitar las devoluciones de las cantidades deducidas por los padres en su declaración de la Renta. De hecho, Hacienda ya reclama a un contribuyente de Asturias, la devolución de 337,50 euros que se había deducido por los donativos al colegio de sus hijos.

La Agencia Tributaria justifica su petición porque las entregas que realizan los padres de los alumnos "tienen causa directa en los servicios de enseñanza recibidos y, poca duda cabe, que de no darse esta condición no existirían dichas entregas".

Este caso, que el representante del Registro de Economistas Asesores Fiscales ha puesto como ejemplo, está claro que no es una donación, sino una prestación por servicios educativos, según la AEAT:

"El carácter periódico mensual de los pagos junto con el cese en el momento en que los alumnos finalizan sus estudios y el importe fijo en función del número de hijos que son alumnos del centro nos permiten rechazar la existencia de una donación".

Una práctica poco legal

Hace un mes ya informábamos de que la Confederación Española de Asociaciones de padres y madres del alumnado (CEAPA) había presentado un informe sobre el incumplimiento de muchos colegios concertados de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación, al obligar a las familias a pagar cuotas desmesuradas. Esta enseñanza está subvencionada por el Estado, y debe de ser gratuita.

La Ministra de Educación, Isabel Celaá, advirtó ya entonces que el Gobierno iba a analizar cualquier cobro de cuotas que resulte irregular, ya que los colegios concertados están financiados "estrictamente" por la Administración.

Pero no era la primera vez que se ponía el foco en esas 'cuotas voluntarias' cobradas por los colegios como obligatorias. Dos informes realizados por consultoras privadas especializadas y presentados en la Asamblea de Madrid, demostraban que la mayoría de colegios concertados esta Comunidad Autónoma exigen a los padres un pago fijo obligatorio de forma presuntamente irregular.

Ya señalaba nuestra compañera Lola Rovati que esta práctica no es nueva y que lleva años sucediendo en toda España. Hay colegios concertados que llegan a lucrarse con cuotas medias de 148 euros al mes, sin informar debidamente de su carácter no obligatorio, contraviniendo la ley orgánica del derecho a la educación.

Ahora, las medidas adoptadas por Hacienda para señalar estas 'donaciones' mal deducidas, tienen también su contrapartida, porque significa que también podría revisar las declaraciones de Sociedades de las empresas que gestionan las escuelas por los ingresos recibidos en concepto de donativo, según ha explicado Rubén Gimeno, de REAF.

Esperemos que este varapalo de Hacienda para la economía de las familias sirva al menos para terminar con una práctica no legal, como señala el Gobierno, porque la enseñanza de los colegios concertados está totalmente subvencionada por el Estado y por tanto estos centros no pueden cobrar cuotas obligatorias por las clases regulares que reciben sus alumnos.

Además, esas cuotas que pueden llegar a axfisiar a los padres sin recursos, tienen que explicarse como voluntarias, algo que no suele dejarse claro.

De hecho, una amiga acudió a la dirección del centro concertado religioso donde acudía su hija para ver si podían reducirle la cuota mensual porque no podía hacerla frente por problemas económicos, y la respondieron que si no podía pagarla, que cambiara a la niña de colegio. En ningún momento la explicaron que era voluntaria y, que por supuesto, no estaba obligada a pagar nada.

Fotos | iStock

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