El Gobierno aprueba por decreto estos tres permisos de la Ley de Familias que habían quedado en el limbo

El Gobierno aprueba por decreto estos tres permisos de la Ley de Familias que habían quedado en el limbo
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Cuando el presidente del Gobierno Pedro Sánchez anunció la disolución de las cortes y el adelanto de elecciones, todas las leyes que estaban en tramitación quedaron en el limbo, entre ellas la Ley de Familias, y con ella los tres nuevos permisos parentales que recogía.

Una buena noticia para los padres es que hoy, con las elecciones muy cerca, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas anticrisis en el que se incluyen estos permisos.

La aprobación de estas medidas viene a cumplir con una directiva europea relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Los tres permisos de la Ley de Familia aprobados

Los tres permisos que recogía la Ley de Familias impulsada por el Ministerio de Ione Belarra, y que finalmente han logrado su aprobación son:

  • Permiso parental hasta que el niño cumpla 8 años: para el cuidado de hijo (o menor acogido por tiempo superior a un año) que podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso, de duración no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse de manera flexible. No será remunerado.
  • Cinco días al año retribuidos (frente a los 2 de la regulación vigente) que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad grave que necesiten cuidados, así como hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo domiciliario.  Será aplicable tanto para el cuidado de personas que convivan con el trabajador o la trabajadora, sean o no familiares, como a familiares de hasta 2º grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos).
  • Cuatro días retribuidos para situaciones de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. En el caso de permiso por fallecimiento del cónyuge (2 días), se tienen en cuenta las parejas de hecho. Se podrá disfrutar por horas hasta completar los cuatro días.

Otras medidas aprobadas

Parejas de hecho. El en texto del decreto ley se contempla además que las parejas de hecho, al establecer su unión, tengan 15 días de permiso, al igual que los matrimonios.

Se amplía el derecho a la adaptación de la jornada de los trabajadores con personas dependientes a cargo para aquellos que acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas.

Reducción de jornada: este derecho llega a quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, siempre que no existieran familiares por consanguineidad directa hasta el segundo grado.

Se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.

Familias monoparentales: el progenitor único podrá disfrutar de las ampliaciones completas de suspensión del contrato para el caso de familias con dos personas progenitoras en el supuesto de discapacidad del hijo o hija o en nacimientos múltiples.

Cuándo entrarán en vigor las nuevas medidas

Al enmarcarse dentro de un real decreto de medidas anticrisis, los nuevos permisos entrarán en vigor de manera inmediata cuando se publiquen mañana en el BOE.

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