El martes pasado se aprobó en el Consejo de Ministros -con bastante retraso por diferencias entre los socios de Gobierno- el anteproyecto de la nueva Ley de Familias impulsada por el ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra. La misma incluye, entre otras cuestiones, nuevos permisos para facilitar la conciliación familiar y nuevas categorías de familias que se serán reconocidas con el estatus de familias numerosas.
A la normativa todavía le queda recorrido, ya que deberá ser aprobada por segunda vuelta en el Consejo de Ministros tras recabar informes consultivos, y después se iniciará la tramitación parlamentaria hasta su aprobación definitiva.
No se llamarán "familias numerosas"
La nueva ley de familias eliminará el término "familias numerosas" como lo conocemos hasta ahora según la ley de 2003. En cambio, pasará a denominarse "Ley de Protección a las Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza".
También cambiará la denominación del carnet que acredita hasta ahora la condición de familia numerosa. Pasará a llamarse "título oficial de familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza".
Las nuevas familias numerosas
Una de las novedades es la equiparación de nuevas categorías de familias a la de familias numerosas. De acuerdo con la ley, tendrán los mismos derechos que las familias numerosas:
- Familias monoparentales, ya sea padre o madre (en su mayoría encabezadas por madres) con dos hijos o más a cargo. Se pretendía que también se incluyera a las familias monoparentales con un solo hijo, pero no ha habido acuerdo.
- Familias compuestas por dos hijos y un ascendiente o descendiente tenga discapacidad.
- Familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
- Familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Ventajas de las familias numerosas. Estas nuevas categorías de familias podrán beneficiarse de las mismas ventajas que tienen las familias numerosas en áreas como educación, ocio y transporte, entre otros. Se pueden consultar en la Federación Española de Familias numerosas todas las subvenciones estatales y autonómicas, así como las ofertas en servicios para estas familias.
Familias numerosas categoría especial
Además, la norma incluye como familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza "con categoría especial", las familias numerosas con cuatro hijos, con tres hijos en caso de parto múltiple y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150 % del IPREM).
Otras claves de la nueva ley
La nueva Ley de Familias incluye una prestación de 100 euros por hijo menor de 3 años de la que podrán beneficiarse las madres trabajadoras (como hasta ahora), pero también las madres que hayan cotizado o cobrado subsidio de desempleo en los 30 días anteriores al nacimiento.
También contempla tres permisos para facilitar la conciliación familiar:
- Permiso de cuatro días al año para urgencias o imprevistos. Se podrá disfrutar por horas. Por ejemplo, si se ha puesto el niño malo por la noche.
- Permiso de cinco días al año para cuidado de familiares. Para que los trabajadores puedan atender a un familiar de hasta segundo grado o convivientes. Por ejemplo, para acompañar a tu pareja al médico.
- Permiso de ocho semanas (no retribuido) que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua hasta que los niños tengan ocho años para, por ejemplo, el periodo de adaptación escolar.