Los niños y adolescentes transgénero tienen que esperar a cumplir la mayoría de edad para registrar su cambio de sexo.
Pero parece que la situación va a cambiar y podrán hacerlo antes de los 18 años, tras anular el Tribunal Constitucional (TC) el artículo 1 de la Ley 3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
Según la sentencia del TC, el artículo es inconstitucional, por lo que los menores que cuenten con la "suficiente madurez y se encuentren en una situación estable de transexualidad", podrán anotar el cambio de sexo en los registros y reflejarlo en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Una larga batalla de las familias
El TC ha estimado la inconstitucionalidad planteada en marzo de 2016 por el Supremo, a la vista de una demanda presentada en 2014 por los padres de un menor. Fue inscrito al nacer en marzo de 2002 con sexo y nombre femenino, pero pocos años después optó por un nombre masculino al sentirse de ese sexo.
Si bien es aceptado por su entorno social y familiar, no es por el que se le reconoce oficialmente, por lo que sus padres han peleado en todas las instancias judiciales por lograr la rectificación del nombre y el sexo de su hijo en el Registro Civil.
La resolución, según explica El Español, se justifica por "la intensa afectación de la dignidad personal que se produce en los casos en que el género con el que se vive no coincide con la inscripción registral". Y es que esta es necesaria para obtener todos los documentos oficiales (desde el DNI hasta tarjeta médica) y "condiciona las acciones cotidianas en el ámbito escolar, deportivo o social".
El Tribunal tacha de desproporcionado que se exija esperar a la mayoría de edad para rectificar el sexo en el Registro de manera automática. Explica que hay que establecer "mecanismos que permitan respetar los derechos fundamentales de los menores que presentan una suficiente madurez y viven de forma estable a lo largo de los años su transexualidad.
Mucho camino por recorrer
Al menos eso es lo que opinan asociaciones transgénero y padres de niños trans.
Esta resolución, se tiene que desarrollar y plasmar en una sentencia que se publicará los próximos días. Aunque es cierto que en los últimos años, algunos magistrados ya habían hecho una interpretación más amplia de la ley de 2007 y aprobaron el cambio de sexo en el registro.
En 2016, en Valencia, una jueza permitió el cambio en el DNI a un niño, al entender que esa referencia a mayores de edad no excluía que los menores pudieran hacerlo a través de sus representantes.
Pero la anulación del artículo uno no es suficiente, según los colectivos trans. El artículo 4 prevé que para poder cambiar de sexo, la persona debe haber sido "diagnosticada de disforia de género" y acreditarlo "mediante un informe de médico o psicólogo clínico".
Este punto aún deberá ser cumplido, y las asociaciones (según explica El País), quieren que se suprima porque "es una patologización y atentado contra la dignidad de las personas trans".
Mar Cambrollé, presidenta de la Plataforma por los derechos Trans, pide que se apruebe una Ley Trans integral que aborde la identidad legal "sin límite de edad y sin supeditar la identidad a ningún informe médico".
Durante la pasada legislatura, el Congreso ya dio luz verde a una proposición de ley del PSOE, que requería que para el nuevo Registro solo se requería a los jóvenes que presentaran una declaración expresa de su voluntad de cambiar el sexo.
Además, recogía que este reconocimiento de la identidad "en ningún caso" puede estar sometido a haber recibido "tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos". Y, si hay oposición de algún padre, un juez debe decidir si acepta la petición siempre teniendo en cuenta "el interés superior del menor".
También para el hijo de Natalia Ventín, presidenta de la asociación Chrysalis, quien llevó su caso hasta el Constitucional, la resolución llega tarde: ya que ha cumplido 18 años y "no se puede reparar el daño sufrido".
Vía | El Español y El País
Fotos | iStock
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