La Seguridad Social presenta retrasos de hasta seis meses en el pago de las prestaciones por maternidad y paternidad

La Seguridad Social presenta retrasos de hasta seis meses en el pago de las prestaciones por maternidad y paternidad
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La prestación por maternidad y paternidad se presenta como una de las ayudas más importantes cuando nos convertimos en padres. De hecho para muchas familias que no tienen posibilidad de ahorrar, es la única forma que tienen para mantenerse mientras comparten esas 16 semanas de permiso laboral por nacimiento de su hijo.

Sin embargo esto se está convirtiendo en un problema debido al atasco que tiene la Seguridad Social en el pago de la ayuda. De hecho hay personas que denuncian retrasos de incluso más de seis meses en un perfil de Facebook que actúa como foro de afectados de las prestaciones de dicha entidad.

Aunque esta demora se ha presentado en varios municipios y comunidades (como Gerona o La Rioja), en este momento ya se habrían solventado, salvo en Madrid debido al volumen de expedientes que tienen en proceso. En Bebés y Más hemos conocido un caso en el cual el padre ha tenido que incorporarse a trabajar por este tema un mes después de haber nacido su hijo. Debido a su situación actual (familia numerosa, hipoteca, etc), no tenía otra opción, ya que de lo contrario hubiese tenido que recurrir a los abuelos para cubrir los gastos hasta recibir el desembolso.

En Twitter también se pueden encontrar casos de afectados que denuncian no solo los atrasos, sino la odisea que supone comunicarse con un funcionario que puede resolver dudas o recibir los documentos que hayan podido quedar pendientes al tramitarse la solicitud:


¿Cómo proceder si estoy esperando la resolución, el pago o voy a solicitar la prestación?

Permiso Paternidad

Según Federación Española de Familias Numerosas, los retrasos se producen, sobre todo, en aquellas solicitudes que se realizan en papel a través de registro físico; en cambio, las prestaciones que se envían por vía electrónica son más ágiles de tramitar y están en plazos "más razonables" de  resolución. Por ello, para aquellas solicitudes nuevas, se recomienda la presentación online, ya que el proceso de automatización de la gestión de los expedientes es mucho más ágil y el plazo de resolución es más rápido.

Si ya se ha presentado la solicitud, hay que tener en cuenta que las resoluciones se realizan únicamente por sede electrónica, es decir, ya no se envían notificaciones por escrito al domicilio. Por ello, se recomienda consultar por vía electrónica a través del portal de la Seguridad Social, al que se puede acceder con certificado electrónico o sin él, registrándose en el sistema Cl@ve.

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Imagen | rawpixel

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