Aunque todavía no se han publicado los dos números de teléfono que facilitarán para las consultas de la población, a través de la web de ambos organismos ya se pueden descargar los formularios para solicitar la prestación, habrán dos distintos, el Modelo 140 para los beneficiarios que realicen una actividad remunerada, es decir, trabajadores que estén dados de alta en la Seguridad Social o en alguna Mutua y el Modelo 141 para los beneficiarios que no trabajen y que no estén dados de alta ni en S.S ni en Mutua.
En la Tesorería General de la Seguridad Social todavía no está actualizado, pero cuando lo esté, lo actualizamos.
Actualización 17 de julio de 2007: Para obtener información adicional sobre el procedimiento de solicitud o ayuda para rellenar el formulario se puede llamar al 901200345 o al 901335533.
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