La edad de la jubilación en España se irá retrasando cada vez más de forma progresiva y en 2027 la edad de jubilación oficial para cualquier trabajador se fijará en los 67 años. No obstante, quienes acrediten haber cotizado a la Seguridad Social al menos 38 años y 6 meses podrán jubilarse a los 65 años.
De todas formas, no olvidemos que la jubilación es un derecho, no una obligación, por tanto, el trabajador que así lo desee podrá seguir en activo de manera indefinida, obteniendo bonificaciones en la cuantía de su pensión, entre el 2% y el 4% por cada año completo trabajado y superado de la edad de jubilación.
Así lo establece la Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Esto significa que, a partir del año que viene, una persona se podrá jubilar a partir de los 65 años siempre que se haya cotizado más de 38 años y tres meses. En caso de haber cotizado menos tiempo, la edad de jubilación sube hasta los 66 años y seis meses.
¿Me tocará jubilarme a los 67 años?
En 2027, quienes quieran retirarse del mercado laboral a los 65 años deberán haber cotizado al menos 38 años y seis meses. Si no cumplen este requisito, deberán esperar a los 67 años para poder jubilarse.
Para entenderlo mejor, estas son las edades mínimas de jubilación exigidas este año y en los próximos años.
- Podrán jubilarse en 2024: a los 65 años quienes hayan cotizado 38 o más años; si se ha cotizado menos tiempo a los 66 años y 6 meses
- Podrán jubilarse en 2025: a los 65 años quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses o más ; si se ha cotizado menos tiempo a los 66 años y 8 meses.
- Podrán jubilarse en 2026: a los 65 años quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses o más cotizados; si se ha cotizado menos tiempo a los 66 años y 10 meses.
- Podrán jubilarse en 2027: a los 65 años quienes hayan cotizado 38 años y 6 meses o más; si se ha cotizado menos a los 67 años.
¿Y si quiero trabajar más allá de los 65 años?
Recordemos que en España se da el fenómeno de la jubilación activa, que permite a la persona compatibilizar el 50% de la pensión con un trabajo por cuenta propia o ajena. Para acceder a ella habrá que acceder un año después de haber cumplido la edad legal de jubilación, alcanzar el 100% de la base reguladora y que el trabajo compatible fuese por cuenta ajena a tiempo completo, a tiempo parcial o por cuenta propia.
Para trabajadores autónomos (con un mínimo de un trabajador a su cargo), la compatibilización será del 100%. Con este modelo se contribuye a la sostenibilidad del sistema de pensiones.