Los niños desgravan en la declaración de la renta más de lo que imaginamos, dado que existen algunas deducciones tanto estatales como autonómicas que ofrecen ventajas fiscales a las familias por tener hijos.
Hoy os hablamos de la Comunidad de Madrid y de la deducción de 600 euros por hijo durante tres años que ha entrado en vigor el 1 de enero y que viene a complementar a las demás deducciones por nacimiento / adopción que se aplican en la actualidad, y que podrán incluirse en la declaración de la renta de este año.
Deducciones por nacimiento o adopción de hijos
Como ya hemos adelantado, la novedad para las familias madrileñas en este 2018 es que se amplía la deducción de 600 euros al año y durante tres años por cada hijo nacido o adoptado a partir del 1 de enero de 2018, fecha en la que ha entrado en vigor este aumento previsto en la Ley de Presupuestos regionales de 2018. De este modo, se ve incrementada la deducción vigente que venía permitiendo su aplicación en un único año.
En caso de partos o adopciones múltiples y de adopciones internacionales la cuantía correspondiente al primer año se incrementará en 600 euros por cada hijo.
El límite para aplicar este beneficio aumenta a 30.000 euros en tributación individual y a 36.200 euros en tributación conjunta.
Deducciones por adopción internacional
Para paliar los gastos que generan las adopciones internacionales, las familias madrileñas se podrán aplicar una deducción adicional de 600 euros a la deducción genérica por nacimiento o adopción de hijos.
Deducciones por acogimiento familiar de menores
En caso de acogimiento familiar de menores de edad, se aplicará una deducción de 600 euros por el primer menor acogido, de 750 euros por el segundo menor y de 900 euros por el tercero y sucesivos.
Esta deducción será aplicable a los contribuyentes cuya renta no sea superior a 25.620 euros en tributación individual o a 36.200 en tributación conjunta.
Deducciones para familias con ingresos reducidos y por gastos educativos
Igualmente, hay establecidas deducciones del 10% en la cuota autonómica para las familias con al menos dos hijos y una renta inferior a 24.000 euros, y deducciones por gastos educativos correspondientes a gastos de escolaridad (15%), adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar (5%) y enseñanza de idiomas (10%) hasta un máximo de deducción de 900 euros por cada hijo estudiante durante el segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria y Formación Profesional Básica, así como por la enseñanza de idiomas.
Más información Portal del contribuyente de la Comunidad de Madrid
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