En España hay un total de 818.585 familias numerosas, de las cuales un 61% son familias con tres hijos, un 16% familias con cuatro hijos, un 6% las de cinco hijos y el 5% restante son familias con seis o más hijos.
Según la actual ley (no la nueva Ley de familias anunciada por el Gobierno) una familia numerosa es aquella integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.
No obstante, también se contemplan jurídicamente otros cinco supuestos que equiparan la condición de una familia a una numerosa: una pareja con dos hijos y uno de ellos tenga una discapacidad, dos padres, ambos discapacitados o solo uno, con dos hijos; un padre o una madre separados con tres o más hijos; tres o más hermanos huérfanos mayores de edad, o dos, si uno de ellos es discapacitado; y dos o más hermanos huérfanos sometidos a tutela.
Sin embargo, hay un cambio drástico en la nueva Ley de Familias que da un giro de 180º a lo que conocíamos hasta ahora con respecto a las familias numerosas, empezando por el nombre: dejarán de llamarse familias numerosas.
Desaparece el término "familia numerosa"
Uno de los principales cambios de la ley con respecto a estas familias radica en algo esencial: su denominación. El Gobierno quiere sustituirlo por el de Familias con Mayores Necesidades de Apoyo a la Crianza.
En España, el término 'familia numerosa' se introdujo en la Ley del 1 de agosto de 1941 para las familias compuestas por cinco o más hijos. Luego hubo reformas posteriores en 1943, donde se especificó que serían aquellas con cuatro o más hijos, en 1971 y en 2003 que es la que está en vigor actualmente.
El cambio de nombre es algo que las propias familias rechazan en su gran mayoría. Según una encuesta de la FEFN (Federación Española de Familias Numerosas), 9 de cada 10 no está de acuerdo con la desaparición del término y título de familia numerosa. Incluso han impulsado una recogida de firmas que sigue abierta.
Piden conservar tanto el título de familias numerosas como su nombre: “lo que a nosotros nos define es el número de hijos y debemos mantener nuestro nombre. Lo hemos hablado con los principales grupos parlamentarios y están de acuerdo prácticamente todos”, señala en COPE José Manuel Trigo, al frente de la FEFN. Con ello, mantienen la esperanza de que finalmente se les escuche y sigan llamándose así.
La ley de Familias, ¿en qué quedó?
La Ley de Familias fue aprobada en el mes de febrero en el Consejo de Ministros, pero sigue sin obtener el respaldo parlamentario necesario para que pueda entrar en vigor. Está en el Congreso de los Diputados pendiente de tramitación parlamentaria desde hace meses.
Los retrasos se deben a que el texto sigue negociándose con los diferentes grupos políticos y actualmente se encuentra en la primera fase, que es la de enmiendas a la totalidad. Después seguirá el diálogo en torno a las enmiendas parciales, según reconocen desde el Ministerio de Derechos Sociales.
Además de que dejarían de llamarse familias numerosas (aspecto que desde el Gobierno están abiertos a revisar porque lo que importa no es la "etiqueta", han dicho) la nueva ley quiere equiparar sus beneficios a las monoparentales con al menos dos hijos, la categoría especial pasará de cinco a cuatro hijos y englobará también a las de tres hijos con parto múltiple (en vez de cuatro como en la actualidad), y a las de tres hijos con bajos ingresos.
También contempla la ampliación del permiso de nacimiento de 16 a 20 semanas y retribuir cuatro de las ocho semanas de permiso parental de cuidados hasta los ocho años, así como extender el permiso de lactancia a 28 días, lo que ayudará a flexibilizar la conciliación de las familias los primeros meses del bebé.
Los permisos por cuidado de familiares. En junio de 2023 el Consejo de Ministros aprobó por decreto tres permisos que se incluían en la Ley de Familias y habían quedado en el limbo al convocarse elecciones anticipadas.
Uno de ellos es un permiso de cinco días al año retribuidos que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad grave para cuidar a familiares que necesiten cuidados; otro permiso por causa de fuerza mayor de hasta cuatro días retribuidos y otro de hasta ocho semanas, que se podrá disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el niño cumpla ocho años, no retribuido.