El 4 de octubre de 2014 una mujer embarazada se tenía que presentar a un examen de oposición para poder acceder a una plaza fija de enfermería, pero casualmente el día anterior se puso de parto, así que comunicó al tribunal examinador que no podría hacerlo. A pesar de ello, se presentó un examinador en el hospital Hospital Gregorio Marañón de Madrid cuando la madre ya estaba dilatada de 8 centímetros, se le había administrado oxitocina, anestesia epidural y su bebé estaba siendo monitorizado.
Le dijeron que o hacía la prueba en ese momento o quedaría excluida de la selección, así que ella pidió detener su parto para examinarse, pero luego pidió la nulidad. Ahora la Justicia le da la razón, pues considera que se vulneraron sus derechos.
Era un test de 100 preguntas que debían ser respondidas en dos horas. Al ver que no tenía opción, pidió que se paralizara la administración de oxitocina y se aumentara la dosis de anestesia epidural para aliviar los intensos dolores del parto. Tras realizar el examen, que suspendió, volvió al paritorio, donde dio a luz a una niña.
Unos días después de dar a luz, cuando se recuperó, la mujer presentó un escrito ante el Servicio Madrileño de la Salud (SERMAS) para solicitar la nulidad de su examen debido a las condiciones en las que lo había dado. Ahora, casi tres años después, el Tribunal Superior de Madrid ha dictado una sentencia según la cual el tribunal examinador actuó contra los derechos fundamentales de la mujer y se le reconoce el derecho de volver a examinarse.
"Conminar a la realización de un ejercicio bajo pena de tenerle por decaída en el mismo en las concretas y muy particulares circunstancias físicas y psíquicas en las que se encontraba (la opositora) repugna el más mínimo sentido común, o supusiera una mayúscula carencia de la más mínima sensibilidad, que también, sino que es de imposible comprensión desde parámetros de razonabilidad, lo que impone que no pueda, en ningún caso, entenderse amparada por el derecho", dicta la sentencia.
Discriminación derivada de la maternidad
¿De verdad no se puede hacer una excepción en una circunstancia de fuerza mayor como es un parto? ¿Dónde está la sensibilidad y el sentido común de las personas?
Según el TSJM, el tribunal examinador debería haber aplazado el examen puesto que de otra manera se vulneran los derechos fundamentales de acceso a un puesto público en condiciones de igualdad. No se ha respetado la Ley de Igualdad que prohíbe la discriminación derivada de la maternidad.
¿Qué hubieses hecho en su lugar? ¿Hubieses hecho el examen? A lo mejor de otro modo no habría podido solicitar la nulidad y tener derecho a una nueva oportunidad. Una decisión difícil de tomar en un momento de extrema vulnerabilidad para una mujer.
Vía | El País
En Bebés y más | Se vió obligada a hacer un examen nada más dar a luz, todavía sangrando y con anestesia