Hoy, Día de la mujer trabajadora, más que nunca, es un buen día para hacer un repaso por los derechos laborales de las embarazadas.
La decisión de ser madre no es fácil para la mujer trabajadora. La discriminación en el ámbito laboral es una realidad latente a la que se enfrentan muchas mujeres de hoy en día.
Las empresas tienen reparos al contratar mujeres en edad de ser madres por los costes que deberán asumir en bajas y permisos durante el embarazo y cuando nazca el bebé, además de un vida laboral marcada por los “inconvenientes” de la maternidad.
Con este panorama, no es de extrañar que las mujeres trabajadoras retrasen cada vez más el momento de ser madres.
Aún a pesar del mobbing maternal, hay muchas mujeres que deciden ser madres, afortunadamente. Para ellas es muy importante conocer a fondo los derechos laborales, para evitar así problemas de cualquier tipo.
Comunicar el embarazo a la empresa
Lo primero a tener en cuenta al quedar embarazada es cómo comunicar la noticia a la empresa. Se debe hacer por escrito y con acuse de recibo.
Si bien legalmente, no hay obligación de comunicar el embarazo, cada caso es un mundo y depende de la relación laboral que se tenga, es de sentido común hacer saber que se está esperando un bebé.
Especialmente se debe comunicar si el trabajo que se desempeña supone un riesgo para la madre o el feto (como trabajar en un servicio de rayos x, por ejemplo), en cuyo caso se debe solicitar el cambio de puesto.
También debe tenerse en cuenta que se acudirá a revisiones ginecológicas, por tanto, si es el caso, se necesitará disponer de ausencias continuadas para acudir al médico. En este caso también deberá existir una comunicación expresa del embarazo.
Prevención de riesgos laborales
El bienestar de la madre y el feto en el lugar de trabajo debe ser un objetivo primordial a la empresa, por eso se debe extremar la prevención de riesgos laborales durante el periodo que se está trabajando en la empresa.
Lo principal es comentarle al médico el puesto de trabajo que se desempeña para valorar si es compatible con el embarazo, requiere una revisión específica o un cambio de puesto de trabajo.
Hay trabajos que podrían suponer un riesgo para la madre y/o el feto como trabajos con sustancias peligrosas, que requieran esfuerzo físico o que impidan una adecuada alimentación de la madre, por ejemplo. En ese caso, el médico deberá comunicarlo por escrito a la empresa.
Bajo el supuesto de riesgo, la empresa tiene la obligación de cambiar de puesto de trabajo a la mujer embarazada, siempre y cuando sea posible, sin modificar el contrato ni las condiciones salariales.
Baja maternal
Otro de los derechos laborales fundamentales de la mujer embarazada es la solicitud de baja maternal. Puede comenzar con antelación al parto, siendo la fecha límite para el comienzo de la prestación el día del nacimiento del bebé.
La baja maternal tiene una duración de 16 semanas disfrutadas de manera ininterrumpida, de las cuales 6 semanas como mínimo tienen que disfrutarse después del parto. En los casos de parto múltiple, la duración de la baja maternal de amplia en dos semanas por cada hijo adicional.
Para solicitar la baja maternal, la madre debe presentar la documentación necesaria en cualquier oficina del INSS.
Por último, mencionar que en el ámbito laboral el embarazo afecta en diferente medida a cada mujer dependiendo de su regimen de afiliación a la seguridad social, según se trate de funcionarias, empleadas de empresas privadas o autónomas.
Esperamos que este breve repaso por los derechos laborales de las embarazadas os vengan bien a las futuras mamás trabajadoras, ya que una buena información es clave para hacer valer sus derechos.
Foto | AdamSelwood y Victor1558 en Flickr
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