El Tribunal Constitucional ha dado un paso más en la defensa de la mujer trabajadora con una sentencia ejemplar que ayudará a sentar precedente.
Hasta ahora, la mujer embarazada debía poner en conocimiento a los empresarios sobre su estado para que la lay pudiese determinar en el caso de despido si existió o no lesión a un derecho fundamental.
Sin embargo, esta sentencia es novedosa pues el Tribunal cree que no era necesario que la trabajadora notificara su estado. Al momento de despedirla la mujer estaba de cuatro meses, su tripa era evidente y según comenta, todos en la empresa sabían de su embarazo.
La mujer trabajaba de administrativa en la Asociación Provincal del Metal de Badajoz. Recibió una carta de despido improcedente y acudió a la justicia para pedir la nulidad de su despido por considerarlo discriminatorio.
Los tribunales anteriores al Constitucional no le dieron la razón, pero éste finalmente se la dio. Lo favorable de la sentencia es que las empresas no podrán alegar desconocimiento, no podrán ampararse en el “no lo sabía” para tirar el balón fuera, ya que es muy complicado probar si efectivamente la embarazada ha notificado o no sobre su estado.
No hace falta ir al trabajo con un letrero pegado en la frente, el embarazo es un estado que se evidencia, por lo cual la sentencia es una buena noticia en pos de la igualdad laboral entre hombres y mujeres.
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