Hace unos días, la Confederación Española de Asociaciones de padres y madres del alumnado (CEAPA) presentó un informe en el que se ponía de manifiesto el incumplimiento por parte de la mayoría de los colegios concertados de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación, al obligar a las familias a pagar cuotas desmesuradas, a pesar de que la educación que imparten está subvencionada por el Gobierno.
Según podemos leer en El País, la Ministra de Educación, Isabel Celaá, ha remarcado que mientras los colegios privados pueden fijar las cuotas de matriculación que consideren oportunas, los concertados están financiados "estrictamente" por la Administración, por lo que han advertido que se analizará cualquier cobro de cuotas que resulte irregular.
Un 96% de los concertados cobran cuotas, algunas desmesuradas
El pasado mes de junio, la CEAPA realizó un estudio de los precios de 137 colegios concertados en España, y analizó la transparencia en la comunicación a las familias que querían escolarizar a sus hijos en estos centros.
El informe cuenta con pruebas documentales y testimoniales, como recibos y materiales comerciales que los colegios dan a las familias cuando acuden a pedir información, y que acreditan la validez de los datos obtenidos
La media del pago mensual exigido a los padres que llevan a sus hijos a un colegio concertado es de 159 euros, si bien en Cataluña es de 249 euros, y en algunos casos incluso se supera la barrera de los 400 euros.
Por su parte, en la Comunidad del Madrid el 100% de los colegios concertados exige esta cuota, que ha crecido en nueve euros mensuales con respecto al año pasado, situándose en una media de 157 euros, o en algunos casos superando la barrera de los 200 euros.
¿Y en concepto de qué, se cobran estas cuotas?
Según el Artículo 14 del Real Decreto 2377/1985 por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
El concierto educativo obliga al titular del centro privado a impartir gratuitamente las enseñanzas del concierto de acuerdo con los correspondientes programas y planes de estudio y con sujeción a las normas de ordenación académica en vigor.
Así pues, cabe preguntarse: si la enseñanza de los colegios concertados está subvencionada por el Gobierno, ¿en concepto de qué se cobran estas cuotas a las familias?
Según el informe, este pago se exige bajo dos denominaciones:
Actividades complementarias: algunos colegios las justifican mediante el argumento de las horas de más que hacen con respecto a los colegios públicos (como por ejemplo, clases de piscina, talleres de lectura, más horas de clases de inglés...), y otras ocasiones se amparan en los servicios extras que ofrecen (tales como logopeda, profesores de refuerzo, actividades de psicomotricidad...).
Aportación voluntaria: es la argumentación más extendida, y hace referencia a la insuficiente subvención que reciben por parte de la Administración y la necesidad de pagar sus instalaciones o la multitud de servicios que ofrecen.
La CEAPA ha denunciado también que una tendencia creciente de estos colegios es la creación de fundaciones ligadas a su actividad. De este modo, a las familias se les piden que el pago de la cuota de escolarización, supuestamente voluntaria, se realice a través de la fundación como si fuera una donación, con lo que el control de esta financiación es aún más complicado.
Pero esta cuota no es obligatoria
Pero aunque muchos colegios exijan a los padres la obligatoriedad de esta cuota, lo cierto es que su pago no lo es, y las familias deben ser informadas de su carácter voluntario.
Sin embargo, el estudio ha puesto de manifiesto una absoluta falta de trasparencia con los padres por parte de estos centros, al esconderles no sólo el carácter no obligatorio de las cuotas, sino el contenido de las actividades de pago o el horario exacto en el que se imparten.
Así lo dice la ley anteriormente citada, en su artículo 15:
"Las actividades escolares complementarias y de servicios de los centros concertados serán voluntarias, no tendrán carácter discriminatorio para los alumnos, no podrán formar parte del horario lectivo y carecerán de carácter lucrativo".
Sin embargo, si los padres exigen el derecho a que su hijo reciba una educación subvencionada y gratuita, y deciden no pagar la "cuota base" que exige el colegio, la familia suele enfrentarse a problemas de exclusión.
En algunos colegios, el comedor escolar forma parte de este pago obligatorio, aludiendo que entra dentro de su "proyecto educativo", o situando las actividades extraescolares o complementarias a mediodía, de manera que sea imposible para los padres sacar a sus hijos del colegio en esa hora.
Los concertados, en el punto de mira
Es por todo ello, que la CEAPA ha remitido al Ministerio de Educación y Formación Profesional una propuesta para que se realice un Real Decreto marco estatal por el cual se establezcan unos requisitos mínimos para poder optar al régimen de concierto y que, de esta forma, en caso de incumplimiento pueda actuar la Alta Inspección Educativa.
Por el momento, el Gobierno ha anunciado que analizará cualquier irregularidad que se produzca en las cuotas exigidas a las familias, por lo que parece que se vuelve a reavivar el debate en torno a la enseñanza concertada.
Vía CEAPA